Actualizado: octubre de 2026
¿Te han despedido y no sabes qué hacer? Lo primero es no precipitarse. Cómo firmes la carta de despido, qué documentación conserves y, sobre todo, no dejar pasar el plazo para reclamar pueden ser determinantes.
Hay un dato que debes conocer desde el primer momento: Tienes 20 días hábiles para impugnar el despido.
Por eso, aunque todavía no sepas si quieres reclamar o si el despido es correcto, conviene actuar con prudencia desde el momento en que recibes la carta.
¿TENGO QUE FIRMAR LA CARTA DE DESPIDO?
La empresa puede pedirte que firmes la carta para acreditar que la has recibido. Firmarla no significa necesariamente que estés de acuerdo con el despido. Si tienes cualquier duda, es recomendable escribir junto a tu firma:
“NO CONFORME”
Además:
• Comprueba que la fecha que aparece en la carta es correcta.
• Si es distinta, escribe la fecha real en la que te la entregan.
• Quédate siempre con una copia de la carta de despido.
Si no te permiten poner “no conforme”, existen dudas sobre la fecha o no te entregan copia de la documentación, es preferible no firmar sin haber recibido asesoramiento.
¿QUÉ HAGO CON EL FINIQUITO?
El finiquito recoge las cantidades que la empresa tiene pendientes de pagarte cuando termina la relación laboral. Puede incluir, entre otros conceptos:
• Salario pendiente.
• Vacaciones generadas y no disfrutadas.
• Parte proporcional de las pagas extraordinarias, cuando corresponda.
• Horas extraordinarias.
• Otros conceptos salariales pendientes.
Antes de firmarlo, comprueba que las cantidades son correctas. Si tienes dudas, puedes firmarlo haciendo constar:
“NO CONFORME”
Y si las cantidades todavía no te han sido abonadas, puedes añadir:
“PENDIENTE DE COBRO”
FINIQUITO E INDEMNIZACIÓN NO SON LO MISMO
Esta es una de las dudas más habituales después de un despido. Finiquito e indemnización son conceptos diferentes.
- El finiquito liquida las cantidades que la empresa tenía pendientes de abonarte hasta la finalización de la relación laboral.
- La indemnización por despido, en cambio, dependerá del tipo de despido, de la causa alegada por la empresa y de las circunstancias concretas del caso.
Por tanto, cobrar el finiquito no significa que el despido sea correcto ni que hayas perdido necesariamente el derecho a reclamarlo.
GUARDA TODA LA DOCUMENTACIÓN
Si te han despedido, no tires ni borres ningún documento relacionado con tu trabajo. Conviene conservar especialmente:
• Carta de despido.
• Finiquito.
• Contrato de trabajo y posibles modificaciones.
• Últimas nóminas.
• Vida laboral.
• Correos electrónicos.
• WhatsApp u otros mensajes relacionados con el trabajo.
• Comunicaciones de la empresa.
• Cualquier documento que pueda tener relación con las causas que aparecen en la carta de despido.
También puede ser importante conservar documentación relacionada con lo sucedido antes del despido. No borres mensajes o correos aunque inicialmente pienses que no son importantes. Una vez analizado el caso, pueden resultar relevantes.
¿CUÁNTO TIEMPO TENGO PARA RECLAMAR EL DESPIDO?
Este es uno de los puntos más importantes:
El plazo para impugnar un despido es de 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido. Se trata de un plazo de caducidad, por lo que no conviene dejar la consulta para los últimos días. Con carácter general, antes de interponer la demanda debe presentarse una papeleta de conciliación ante el organismo correspondiente.
La presentación de la papeleta afecta al cómputo del plazo, por lo que es importante calcular correctamente los días disponibles en cada caso.
HE FIRMADO LA CARTA, ¿PUEDO RECLAMAR?
Sí. El hecho de haber firmado la recepción de la carta no impide por sí solo que puedas impugnar posteriormente el despido. Para saber si existe posibilidad de reclamar hay que estudiar el caso concreto.
Entre otras cuestiones, será necesario analizar:
• Qué causa alega la empresa.
• Si los hechos recogidos en la carta son ciertos.
• Si la empresa puede acreditarlos.
• Si se han cumplido los requisitos formales.
• Tu antigüedad.
• Tu salario.
• Las circunstancias existentes antes y en el momento del despido.
Por eso es importante revisar la carta completa y no quedarse únicamente con la explicación verbal que haya dado la empresa.
¿PUEDE SER IMPROCEDENTE MI DESPIDO?
Un despido puede ser declarado improcedente cuando la empresa no consigue acreditar suficientemente la causa alegada o cuando se incumplen determinados requisitos exigidos legalmente. Que en la carta la empresa diga que el despido es procedente no significa que jurídicamente tenga que serlo.
Si tienes dudas, es necesario analizar tanto la carta como las circunstancias reales en las que se ha producido el despido.
La declaración de improcedencia puede dar lugar, con carácter general, a la readmisión o al pago de la indemnización legalmente correspondiente, dependiendo del supuesto.
¿PUEDE SER NULO EL DESPIDO?
En determinadas circunstancias, un despido puede ser declarado nulo. Puede ocurrir, entre otros supuestos, cuando existe una vulneración de derechos fundamentales o cuando concurren determinadas situaciones especialmente protegidas por la legislación laboral. Las consecuencias son distintas de las de un despido improcedente y pueden implicar la readmisión del trabajador y el abono de los salarios dejados de percibir, además de otras posibles consecuencias según el caso. Si el despido está relacionado con una situación de conciliación familiar, también puede ser importante analizar si se han vulnerado los derechos de conciliación y adaptación de jornada.
Por eso es importante contar al abogado todo lo sucedido antes del despido, incluso circunstancias que inicialmente puedan parecer poco importantes.
ME ACABAN DE DESPEDIR: ¿QUÉ HAGO AHORA?
Si acabas de recibir una carta de despido, recuerda estos pasos:
- Lee la carta antes de firmarla.
- Si tienes dudas, escribe “NO CONFORME” junto a tu firma.
- Comprueba y haz constar la fecha real en la que recibes la carta.
- Quédate con una copia de toda la documentación.
- Guarda contrato, nóminas, correos, WhatsApp y cualquier otra posible prueba.
- Comprueba el finiquito y recuerda que finiquito e indemnización no son lo mismo.
- No dejes pasar el plazo: tienes 20 días hábiles para impugnar el despido.
- Si tienes dudas sobre el despido, busca asesoramiento laboral cuanto antes.
¿TE HAN DESPEDIDO Y QUIERES SABER SI PUEDES RECLAMAR?
Cada despido es diferente. La causa que aparece en la carta, la antigüedad, el salario, la documentación disponible y las circunstancias en las que se ha producido pueden cambiar completamente la valoración jurídica del caso. Si te han despedido y quieres saber si el despido es correcto, si puedes reclamar o qué indemnización podría corresponderte, puedo revisar tu caso.
Recuerda: dispones de 20 días hábiles para impugnar un despido.
Si deseas realizar una consulta sobre este tipo de temas puedes consultar mi servicio de asesoramiento y defensa en despidos en Madrid.
3 comentarios en «¿TE HAN DESPEDIDO? QUÉ HACER ANTE UN DESPIDO»
Reblogueó esto en Una navarra perdida en Madrid.
Ante la duda, siempre mejor poner NO CONFORME.
Mil gracias! ☺️
Eso es!