Tras las últimas reformas del sistema de pensiones, cada año hasta que lleguemos a 2027, momento en que se alcanzará la edad de jubilación a los 67 años para quienes no alcancen los 38 años y 6 meses cotizados, se producen modificaciones que afectan tanto a la edad en la cual se puede acceder a la jubilación, al periodo de cotización que se tendrá en cuenta para el cómputo de la misma y a la forma de calcular la pensión. Los cambios que se producirán en la pensión de jubilación en el año 2020 son los que se explicarán a continuación.
¿Con cuántos años se puede jubilar una persona en 2020?
-
Jubilación Ordinaria
Si se ha cotizado más de 37 años se podrá jubilar a los 65 años; si no la edad legal de jubilación estará en 65 años y 10 meses.
-
Jubilación Parcial
Se podrá acceder con 61 años y 10 meses o a partir de los 35 años cotizados. Con 33 años cotizados, que es el periodo mínimo exigido para este tipo de jubilación, la edad será de 62 años y 8 meses.
¿Qué periodo computará para calcular la pensión de jubilación?
En el año 2020 el periodo de computo para el cálculo de la pensión de jubilación será de 23 años.
¿Cuál será la base reguladora de la pensión de jubilación?
Desde 1 de enero de 2020, hay que tener en cuenta que el periodo que debemos tomar como base para el cálculo de pensión de jubilación, como ya se ha indicado más arriba, son 23 años. Por ello, la base reguladora de la pensión de jubilación será el resultado de dividir entre 322 las bases de cotización durante los 276 meses inmediatamente anteriores al mes previo al hecho causante.
Es posible que en el período que haya de tomarse para el cálculo de la Base Reguladora nos encontremos con meses durante los cuales no existiera obligación de cotizar, esos meses no tendrán un importe de cero, sino que las primeras 48 mensualidades se integrarán con la base mínima y el resto de mensualidades con el 50% de dicha base mínima.
¿Cuál será la cuantía de la pensión?
Para poder percibir el 100 % de la base reguladora en el año 2020 es necesario haber cotizado al menos 36 años.
En caso de que se haya cotizado menos tiempo, se cobrará un determinado tanto por ciento de la base reguladora:
- 15 años cotizados: 50 % de la Base Reguladora.
- Porcentaje aplicado durante los años 2020 a 2022 desde el mes siguiente a los 15 años que incrementará el resultado obtenido en el punto anterior:
- Entre los meses 1 y 106, el 0,21% más por cada mes de cotización.
- Por los 146 meses siguientes, el 0,19%.
Una vez indicado esto, es importante señalar que se tomará el valor nominal de las bases de cotización de los 24 meses anteriores al mes previo al del hecho causante, es decir, al momento de la jubilación, las restantes bases de cotización no se tomarán por el valor nominal sino que se actualizarán según la evolución del Índice de Precios al Consumo (IPC) durante ese periodo.